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Tarifas bonificadas

Benefíciate de un mar de descuentos con nuestras tarifas bonificadas.

Las personas residentes en Illes Balears pueden acreditar su condición de beneficiarios de la subvención al transporte marítimo regular de pasajeros en el momento de la compra de su billete.

El descuento aplicable a todos los trayectos directos, ya sean de ida como de ida y vuelta, será del 75% para los residentes en Baleares (del 89% en el caso de Formentera y para el trayecto Ibiza-Formentera). Dicho descuento se aplica sobre el coste de la acomodación. Vehículos, mascotas u otros servicios como menús, seguro, etc no están bonificados.

El descuento al que tienen derecho los residentes en Illes Balears aparecerá reflejado en el último paso del proceso de compra, junto a los datos de todos los pasajeros.

Para poder beneficiarte del descuento, durante la reserva deberás introducir tu documento de identidad (DNI o NIE) y tu nombre y apellidos tal y como aparecen de forma literal en dicho documento. Desde 7 días antes de la salida podrás hacer el check-in online. En caso de que no puedas hacerlo telemáticamente deberás pasar por la taquilla y presentar tu Certificado de Residencia. Para ello, recomendamos que todos los pasajeros lleven consigo el documento de identidad que figura en dicho Certificado.

 

Los documentos acreditativos para poder beneficiarse de las tarifas bonificadas son:

  • Ciudadanos españoles, de la Unión Europea, EEE o Suiza que residan (que se encuentren empadronados) en Illes Balears: DNI o NIE en vigor.
  • Si se es español menor de 14 años y no dispone de DNI o NIE, solo el certificado de viaje.
  • Ciudadanos de terceros países (no mencionados en el primer apartado) que sean familiares de ciudadanos de nacionalidad española, de la Unión Europea o Suiza y residan en Illes Balears (que se encuentren empadronados): Tarjeta de Identidad de Extranjero
  • Ciudadanos de terceros países (no mencionados en el primer apartado) con permiso de residencia de larga duración: Tarjeta de identidad de Extranjero en la que conste que es residente de larga duración (o permanente).

Consulta la información actualizada en: https://www.mitma.gob.es/marina-mercante/subvenciones-para-el-transporte-maritimo/informacion-general

Las personas que tengan la condición de miembros de familia numerosa acreditada (con un título oficial expedido por las Comunidades Autónomas) tienen derecho a beneficiarse de una subvención en el transporte marítimo regular de pasajeros en el momento de la compra de su billete.

El descuento aplicable a todos los trayectos directos, ya sean de ida como de ida y vuelta, será del 20% si es miembro de familia numerosa de tipo general y del 50% si es miembro de familia numerosa especial.

Dicho descuento se aplica sobre el coste de la acomodación. Vehículos, mascotas u otros servicios como menús, seguro etc no están bonificados.

 

El descuento aparecerá reflejado desde el primer paso del proceso de compra.

 

Para poder beneficiarse del descuento, los pasajeros deberán presentar su Título Oficial de Familia Numerosa durante el check-in. En caso de que no pueda hacerse telemáticamente, deberán presentarlo en las taquillas de la terminal antes de la salida del barco. Para ello, recomendamos que todos los pasajeros lleven consigo el documento de identidad que figura en dicho Certificado.

 

Los documentos acreditativos para poder beneficiarse de las tarifas bonificadas son:

  • Título Oficial de Familia Numerosa o Documento Individual expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente, en vigor y el DNI o documento equivalente.
  • Si es menor de 14 años y no dispone de dicho documento, se deberá anotar en el billete la fecha de nacimiento.

 

Consulta la información actualizada en: https://www.mitma.gob.es/marina-mercante/subvenciones-para-el-transporte-maritimo/informacion-general

 

En el caso de que se acumulen en un mismo trayecto varias bonificaciones, gestionadas por la Administración General del Estado, el porcentaje de bonificación total aplicable no podrá exceder en ningún caso del 85% de la tarifa del servicio regular de transporte. Si el viaje es interinsular, la bonificación acumulada podría llegar al 100%.

 

 

Estas bonificaciones no se aplicarán a títulos de transporte que permitan su empleo por personas distintas del beneficiario.

 

Dicho descuento se aplica sobre el coste de la acomodación. No están bonificados vehículos, mascotas u otros servicios como menús, seguro etc.